Reducción Tasa de Abastecimiento.
A) Pensionistas, jubilados, familias numerosas.
 
Para los Pensionistas y Jubilados cuyos ingresos, teniendo en cuenta los de todos los miembros de la unidad familiar sea inferior a 1,2 veces el salario mínimo interprofesional, se establece una reducción consistente en aplicar una reducción del 50% en la Cuota Variable o de Consumo para los dos primeros bloques de consumo.
 
Para abonados con familias numerosas cuyos ingresos, teniendo en cuenta los de todos los miembros de dicha unidad familiar sea inferior a dos veces el salario mínimo interprofesional, se establece una reducción consistente en aplicar una reducción del 50% en los dos primeros bloques de consumo.
Anualmente se deberá acreditar documentalmente las condiciones que dan derecho a éstas reducciones, Asimismo, la pérdida de dichas condiciones deberá ser comunicada por los beneficiarios en un plazo inferior a los tres meses a la Entidad Suministradora.
 
Reducción Tasa de Alcantarillado
Pensionistas, jubilados, familias numerosas.
 
Para los pensionistas, jubilados, personas inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo, y otros abonados, acreditando que sus ingresos y los de quienes con ellos convivan no superen en su conjunto el salario mínimo interprofesional por 1,5, se establece una reducción del 50 % en el Primer Bloque (Hasta 25 m3/Trimestre) correspondiente a la Cuota Variable o de Consumo de Alcantarillado.
 
Para aquellas personas que tengan reconocida la condición de Familia Numerosa por la Junta de Andalucía, acreditando que sus ingresos y los de quienes con ellos convivan no superen en su conjunto el salario mínimo interprofesional por 2,0, se establece una reducción del 50 % en el Primer Bloque (Hasta 25 m3/Trimestre) correspondiente a la Cuota Variable o de Consumo de Alcantarillado.
 
Anualmente se deberá acreditar documentalmente las condiciones quedan derecho a estas reducciones. Asimismo, la pérdida de dichas condiciones deberá ser comunicada por los beneficiarios en un plazo inferior a los tres meses a la Entidad Suministradora.
 
Reducción Tasa de Depuración
Pensionistas, jubilados, familias numerosas.
 
En la tarifa de uso doméstico para los sujetos pasivos que tengan la condición de pensionistas, jubilados, desempleados forzosos y otros, que previa solicitud, acrediten documentalmente que la suma total de sus ingresos y de las  personas que con él convivan en unidad familiar, son inferiores a 1,5 veces el  Salario mínimo interprofesional, se establece una bonificación del 50% en el primer bloque de la cuota de consumo (0-25 m3) por trimestre.
 
En la tarifa de uso doméstico para abonados que sean titulares de familia numerosa
cuyos ingresos, teniendo en cuenta todos los miembros de la unidad familiar sean inferiores a 2 veces el salario mínimo interprofesional, se establece una tarifa especial consistente en aplicar una reducción del 50% en el primer bloque de la cuota de consumo (0-25 m3) por trimestre.
 
La renovación documental para la acreditación de los requisitos y condiciones que dan derecho a las reducciones anteriores será trianual para jubilados y pensionistas. Para abonados con familia numerosa será trianual o a vencimiento o extinción de tal consideración. En los demás supuestos la acreditación de los requisitos y condiciones o su renovación será anual.